De acuerdo a lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 012-2008-EM del 19 de febrero del 2008, “Reglamento de Participación Ciudadana para la realización de Actividades de Hidrocarburos”, y al Artículo 26º de la Resolución Ministerial Nº 571-2008-EM/DM del 5 de diciembre de 2008, “Lineamientos para la Participación Ciudadana en Actividades de Hidrocarburos”, al inicio del proceso de negociación o concurso por un Lote petrolero PERUPETRO S.A. está en la obligación de informar a la población lo siguiente:
- Lista de contratos en negociación o concurso, con indicación de la fecha de inicio de la negociación o concurso
- Mapa de Lote
- Empresa petrolera interesada (en caso de negociación)
- Criterios para la selección de la empresa
- Información sobre el Proyecto (art. 18º R.M. Nº 571-2008-EM/DM)
- Información sobre los posibles impactos de las Actividades de Hidrocarburos (art. 5º R.M. Nº 571-2008-EM/DM)
- La legislación vigente de participación y consulta y las obligaciones que de ellas se derivan (art. 18º R.M. Nº 571-2008-EM/DM)
- Los derechos y obligaciones de la población (art. 18º R.M. Nº 571-2008-EM/DM)
- Rol del Estado (art. 18º R.M. Nº 571-2008-EM/DM)
Ello se realizará mediante publicación en página web y cartas a los representantes de los gobiernos regionales, locales y organizaciones representativas de las poblaciones involucradas en el Lote. Así mismo, PERUPETRO S.A. deberá realizar Eventos Presenciales para informar a la población y recoger sus percepciones sobre el proyecto que se prevé ejecutar en el Lote.
Relación de Eventos Presenciales
Estadísticas de Eventos Presenciales
Gráfico 1: Número de Eventos Presenciales por Inicio del Proceso de Negociación o Concurso

Gráfico 2: Número de Participantes de Eventos Presenciales por Inicio de Negociación o Concurso

Gráfico 3: Número de Eventos Presenciales por Inicio de Negociación o Concurso realizados en Regiones

Gráfico 4: Número de Participantes por Regiones en Eventos Presenciales por Inicio de Negociación o Concurso
